Por fin tenemos en nuestras manos la tan esperada convocatoria para la permanencia de este año, y como primera novedad hay que señalar que ha sido publicada antes de lo habitual.
Solía ser publicada en el mes de agosto y este año se ha adelantado un mes, así el 5 de julio ha visto la luz en el BOD Nº 153, la Resolución 452/10591/19 de la tan ansiada convocatoria.
Pero vamos al grano y a ver, lo que yo considero, lo más importante, las plazas.
Ya teníamos un adelanto de la totalidad de plazas a convocar que analizamos en este post, Plazas Permanencia FAS 2019, 400 plazas para Militares de Tropa y Marinería y 72 plazas para Militares de Complemento, pero veamos como han sido distribuidas.
Las 400 plazas para Militares de Tropa y Marinería quedan distribuidas así:
TIERRA | |
Agrupación de Especialidades Operativas | 67 |
Agrupación de Especialidades Técnicas | 158 |
ARMADA | |
Cuerpo General | 80 |
Cuerpo de Infantería de Marina | 25 |
AIRE | |
Cuerpo General | 70 |
Las ciento cincuenta y ocho plazas de la Agrupación de Especialidades Técnicas del Ejército de Tierra, las ochenta plazas para el Cuerpo General de la Armada y las setenta plazas para el Cuerpo General del Ejército del Aire, se detallan en las notas del anexo correspondiente.
La 72 plazas para Militares de Complemento quedan distribuidas de la siguiente manera:
TIERRA | |
Cuerpo General de las Armas | 26 |
Cuerpo de Especialistas | 2 |
ARMADA | |
Cuerpo General | 2 |
Cuerpo de Infantería de Marina | 3 |
Cuerpo de Intendencia | 3 |
Cuerpo de Ingenieros (Escala Superior de Oficiales) | 1 |
Cuerpo de Ingenieros (Escala Técnica de Oficiales) | 1 |
Cuerpo de Especialistas | 4 |
AIRE | |
Cuerpo General | 18 |
Cuerpo de Intendencia | 1 |
Cuerpo de Especialistas | 2 |
CUERPOS COMUNES | |
Cuerpo Jurídico Militar | 1 |
Cuerpo Militar de Sanidad (Escala Superior de Oficiales) | 4 |
Cuerpo Militar de Sanidad (Escala de Oficiales) | 4 |
Las dieciocho plazas convocadas para el Cuerpo General del Ejército del Aire se detallan en las notas del anexo correspondiente.
Una importante observación a la convocatoria y que afecta al temario es lo que nos dice el punto 2 de la disposición octava de la convocatoria, «Todos los cambios en la normativa de obligado estudio de alguna de las tres materias que impliquen derogaciones o modificaciones, y que se publiquen en el «Boletín Oficial del Estado» o en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa» con posterioridad al 1 de octubre, no serán objeto de evaluación».
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